| ¿QUE ES EL VOLUNTARIADO SOCIAL? |
1. Se entiende por voluntariado el conjunto de actividades de interés general, desarrolladas por personas físicas, siempre que las mismas no se realicen en virtud de una relación laboral, funcionarial, mercantil o cualquier otra retribuida y reúna los siguientes requisitos: |
| - Que tengan carácter altruista y solidario. |
| - Que su realización sea libre, sin que tengan su causa en una obligación personal o deber jurídico. |
| - Que se lleven a cabo sin contraprestación económica, sin perjuicio del derecho al reembolso de los gastos que el desempeño de la actividad voluntaria ocasione. |
| - Que se desarrollen a través de organizaciones privadas o públicas y con arreglo a programas o proyectos concretos. |
2. Quedan excluidas las actuaciones voluntarias aisladas, esporádicas o prestadas al margen de organizaciones públicas o privadas sin ánimo de lucro, ejecutadas por razones familiares, de amistad o buena vecindad. |
| 3. La actividad de voluntariado no podrá en ningún caso sustituir al trabajo retribuido. |
| Mas información y Legislación correspondiente |
| REQUISITOS PARA SER VOLUNTARIO DE PROTECCIÓN CIVIL DE ARGANDA DEL REY |
Todo Aspirante a Voluntario de Protección Civil debe cumplir los requisitos siguientes:
a) Tener dieciocho años cumplidos en el momento de presentar su solicitud.
c) No padecer enfermedad, ni defecto físico, psíquico o sensorial que impida ejercer normalmente las funciones de Voluntario de Protección Civil
d) Aprobar el Curso de Formación Básica para Aspirantes a Voluntarios de Protección Civil, que se impartirá por la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, sobre los conocimientos relacionados con las funciones de Voluntario de Protección Civil y los Planes de Protección Civil en vigor en el ámbito de la Comunidad de Madrid, y que consistirá en una formación teóricopráctica cuya duración y contenidos serán fijados por dicho Organismo.
e) Aceptar el Reglamento Interno de la Agrupación
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| VOLUNTARIO DE PROTECCIÓN CIVIL |
1. Tendrán la consideración de Voluntarios de Protección Civil las personas físicas que se comprometan de forma libre, gratuita y responsable a realizar las actividades contempladas en el artículo 2 de la Ley 3/1994 de 19 de mayo, del Voluntariado Social en la Comunidad de Madrid, y en los artículos 3 y 4 de la Ley 6/1996, de
15 de enero, del Voluntariado, es decir, actividades de interés general con carácter voluntario y sin ánimo de lucro, dentro de los programas propios de Protección Civil y a través de las Agrupaciones Municipales de tal naturaleza. Dichas actividades determinarán intervenciones de carácter humanitario al objeto de organizar, coordinar y realizar servicios dirigidos a evitar y
reducir los riesgos que para personas y bienes pudieran derivarse de catástrofes y calamidades públicas, así como las tendentes a la reparación de daños y a la corrección de las causas productoras de los mismos; o cualesquiera otras de análoga naturaleza.
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2. El carácter gratuito de la prestación del servicio se entiende sin perjuicio del derecho al reembolso de los gastos que ocasione su desempeño. |
3. La actividad voluntaria desarrollada en el marco del presente Reglamento es independiente de la obligación que como a todo ciudadano pudiera corresponder a los voluntarios en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, conforme al artículo
30.4 de la Constitución Española. |
4. La relación de los Voluntarios, como miembros de la Agrupación, con el Municipio tiene el carácter de prestación de servicios gratuita, desinteresada, benevolente y desprovista de todo carácter laboral o administrativo, no teniendo derecho a reclamar al Ayuntamiento retribución ni premio alguno. |
5. Los Voluntarios únicamente podrán utilizar las Agrupaciones para realizar aquellas actividades relacionadas con las labores propias de Protección Civil. |
| Ver Legislación correspondiente |
| MAS INFORMACIÓN |
Si estas interesado en formar parte de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Arganda del Rey, estaremos encantados de ampliarte información en nuestras dependencias sitas en:
Pol. Ind. San Sebastian, Nave 16
o bien a través de los siguientes teléfonos de contacto:
91 870 09 22
648 237 522 |
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